La palabra servidumbre hace referncia a un derecho real de goce y disfrute.
Este derecho real supone la existencia de un gravamen o carga sobre bien inmueble que faculta al titular de este (un tercero distinto al titular del inmueble) para determinadas acciones. Por ejemplo, una servidumbre de paso faculta a su titular para atravesar o pasar por la finca sobre la que está constituida la servidumbre.
La servidumbre se caracteriza por su caracter indivisible y accesorio, ya que recae sobre un bien inmueble del cual no se puede separar o hipotecar separadamente.
Existen distintos tipos de servidumbres y, también, distintas formas de clasificarlas. Así, se distingue entre:
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- Ley de Propiedad Horizontal. Legislacion.
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