El término usucapio proviene de las expresiones latinas "usus" y "capere", cuya conjunción significa: hacerse dueño de una cosa sin otro título más que su uso continuado durante un cierto periodo de tiempo.
El concepto usucapión (también conocido como prescripción adquisitiva) hace referencia a la forma de adquisición de la propiedad u otros derechos reales mediante la posesión durante un tiempo determinado.
Permite adquirir la propiedad de un bien por su posesión continuada en concepto de dueño, pacífica, de buena fe y con justo título. En el caso de los bienes muebles, la posesión initerrumpida de un bien durante 3 años (además de los requisitos anteriores) permite adquirir la propiedad del mismo. En el caso de los inmuebles, el Código Civil exige la posesión ininterrumpida durante 10 años entre presentes y 20 años entre ausentes.
Permite adquirir la propiedad de un bien por la posesión en concepto de dueño durante un periodo de tiempo mayor, pero sin necesidad de reunir los mencionados requisitos (buena fe, justo título, etc.). En el caso de los bienes muebles, el Código Civil exige la posesión de estos durante 6 años. En el caso de un inmueble, se prevé un plazo de 30 años.
- ¿Qué significa dacion en pago?
- Constitución Española de 1978.
- Ley de Propiedad Horizontal. Legislacion.
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