La providencia es la resolución judicial por la que el juez o tribunal ordena materialmente el proceso. Según lo establecido en la Ley de Enjuiciamiento Civil, la providencia se dictará cuando la resolución se refiera a cuestiones procesales que necesiten una resolución judicial porque lo exija la Ley, porque de ellas se deriven cargas, o porque afecten a los derechos procesales de las partes, siempre que no se exija la forma de auto.
Las providencias se limitan a expresar lo mandado por ellas e incluirán una motivación sucinta cuando lo mande la Ley o cuando el juez o tribunal lo estime conveniente, mencionando la fecha y el lugar en el que se adopte, así como el tribunal o juez que las dicte.
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