Se trata de un subsidio, los conocidos comúnmente como "426€"; una cantidad monetaria, que percibe el ciudadano como consecuencia de un derecho adquirido al cumplir una serie de requisitos, cada vez más restrictivos, que expondremos a continuación.
La duración dependerá de las circunstancias personales y familiares y, también, del tiempo que haya cotizado.
- En caso de tener cargas familiares:
- Si no se tienen cargas familiares, la duración será de 6 meses si usted hubiere cotizado 6 meses o más.
La prestación asistencial por desempleo asciende a un máximo total de 426 euros (el 80% del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples, IPREM). Ahora bien, los 426 euros hacen referencia al máximo, sin embargo, esta cuantía puede variar dependiendo de diferentes factores, como pueden ser el número de hijos y la edad de los mismos, la edad del receptor de la prestación o las horas efectivamente trabajadas; por lo que el cálculo es personal y varía dependiendo de la situación del beneficiario.
Se ha fijado un plazo que no podrá exceder de los 15 días.
El primer día a contar será desde que se produce la situación legal de desempleo (es decir, desde que se produce el despido).
El lugar de solicitud de la prestación será una oficina del Servicio Público de Empleo Estatal, el SEPE (antiguo INEM), concretamente a la oficina de prestaciones.
Aunque por otro lado, se ofrece la opción de solicitarlo de forma telemática a través del siguiente link. https://sede.sepe.gob.es/.
- Constitución Española de 1978.
- Ley de Propiedad Horizontal. Legislacion.
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