Asociación de Jóvenes Letrados

Inicio >> Derecho >> Diccionario Jurídico

Síguenos

  • Siguenos en Facebook Asociacion de Jovenes Letrados
  • Siguenos en twitter @jovenesletrados
  • Lee nuestro blog asociacionjovenesletrados
  • Siguenos en Linkedin Asociacion de Jóvenes Letrados

Interés de demora

¿Qué es son los intereses de demora en Derecho Tributario?

Este concepto viene regulado en el artículo 26 de la Ley General Tributaria, y es una prestación accesoria que se exigirá a los obligados tributarios y a los sujetos infractores como consecuencia de la realización de un pago fuera de plazo o de la presentación de una autoliquidación o declaración de la que resulte una cantidad a ingresar una vez finalizado el plazo establecido al efecto en la normativa tributaria, del cobro de una devolución improcedente o en el resto de casos previstos en la normativa tributaria.

Además, el interés de demora se exigirá en los siguientes supuestos:

  1. Cuando finalice el plazo establecido para el pago en período voluntario de una deuda resultante de una liquidación practicada por la Administración o del importe de una sanción, sin que el ingreso se hubiera efectuado.
  2. Cuando finalice el plazo establecido para la presentación de una autoliquidación o declaración sin que hubiera sido presentada o hubiera sido presentada incorrectamente, salvo lo dispuesto en el apartado 2 del artículo 27 de esta Ley relativo a la presentación de declaraciones extemporáneas sin requerimiento previo.
  3. Cuando se suspenda la ejecución del acto, salvo en el supuesto de recursos y reclamaciones contra sanciones durante el tiempo que transcurra hasta la finalización del plazo de pago en período voluntario abierto por la notificación de la resolución que ponga fin a la vía administrativa.
  4. Cuando se inicie el período ejecutivo, salvo lo dispuesto en el apartado 5 del artículo 28 de esta Ley respecto a los intereses de demora cuando sea exigible el recargo ejecutivo o el recargo de apremio reducido.
  5. Cuando se reciba una petición de cobro de deudas de titularidad de otros Estados o de entidades internacionales o supranacionales conforme a la normativa sobre asistencia mutua, salvo que dicha normativa establezca otra cosa.
  6. Cuando el obligado tributario haya obtenido una devolución improcedente.

Además, el interés de demora se calculará sobre el importe no ingresado en plazo o sobre la cuantía de la devolución cobrada improcedentemente, y resultará exigible durante el tiempo al que se extienda el retraso del obligado, salvo lo dispuesto en el apartado siguiente.

También te puede interesar:

- ¿Que significa preterición?

- ¿Que significa sujeto pasivo?

- ¿Cuál es el domicilio fiscal de una persona física?

- Alquiler social.

- El Pupitre - La revista de la Asociación.

Asociacion de Jovenes Letrados Ir arriba Mapa web Quiénes Somos Derecho Legislación Preguntas Frecuentes Recursos Humanos Publicaciones Colabora Contácto Asociacion de Jovenes Letrados
Colabora Opinion Como hacer un CV El pupitre - Revista
Actividades Derecho Civil Carta de presentación El Rincón Legal
Fines Derecho Penal Nuestro Blog
Derecho Laboral

© 2012, Todos los derechos reservados - Asociacion de Jóvenes Letrados - Aviso legal