Se trata de un derecho real de garantía que se constituye sobre bienes inmuebles, como por ejemplo una casa o una finca.
Mediante la anticresis se asegura el cumplimiento de una obligación, la oblgiación garantizada, a través de dos opciones:
En relación a los frutos, estos se aplicarán en primer lugar, conforme al artículo 1.881 y siguientes del Código Civil al pago de los intereses (si se hubieren pactado) y, posteriormente, al pago del capital.
- Constitución Española de 1978.
- Ley de Propiedad Horizontal. Legislacion.
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