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Reclamar clausula suelo

Paralización procedimiento ejecución hipotecaria: STJUE 14 de Marzo de 2013.

CIVIL. ESMERALDA ROMO DÍAZ.

En un marco económico, político y social en decadencia, nos encontramos con la Sentencia de 14 de Marzo de 2013 del Tribunal de Justicia de la Unión Europea en la que nos permite a los ciudadanos tomar una bocanada de aire para poder seguir en nuestra lucha diaria.

Esta Sentencia tiene su origen en una cuestion prejudicial planteada por el Juzgado de lo Mercantil nº3 de Barcelona el día 19 de Julio de 2011, teniendo como base un procedimiento entre Catalunyacaixa y D. Mohamed Aziz

La petición realizada ante el TJUE tiene como objeto la interpretación de la Directiva 93/13/CEE en relación directa con los denominadas clausulas abusivas.

El problema concreto estriba en una serie de clausulas concretas de su préstamo hipotecario y que argumenta, conforme a Derecho, que son abusivas

Por ejemplo, en su contrato se fija un tipo de interés del 18% anual en caso de retraso en el pago de las respectivas cuotas de su préstamo.

Este caso puede parecer algo exagerado y quizás poco frecuente pero no es así, los contratos con clausulas de este tipo son y han sido muy frecuentes en todos estos años; en los que las entidades incluían e incluyuen este tipo de clausulas en los contratos sirviendose de que el consumidor terminará firmando sin tener opción y, en ocasiones, sin leer o entender lo firmado guiados por la confianza en nuestros bancos de siempre o, simplemente, por mera necesidad de tener ese dinero para adquirir una vivienda, un coche, etc.

Hasta este momento, en nuestro país una vez que teníamos un procedimiento de ejecución hipotecaria no podía, el juez, entrar a conocer si hay o no hay clausulas abusivas en el contrato que el consumidor ha firmado con la entidad financiera

De manera que, por ejemplo, BANKIA reclamaba el pago de las cantidades debidas o instando su desahucio y, el juez, podía decretarlo sin tener en cuenta otra cosa que la cuantía efectivamente debida. Ahora bien, una vez desahuciada esta persona, entonces sí, se permite aperturar un nuevo procedimiento para poder estudiar si, en el contrato firmado entre la Entidad bancaria y el ya desahuciado, había o no clausulas abusivas. El PROBLEMA: es que tenemos que ver a una persona, en este caso, en la calle para poder luego darle la razón en un segundo procedimiento al apreciarse las temidas clausulas abusivas

A partir del día 14 de Marzo de 2013 la vida de todas aquellas personas que se encuentran en esta situación, comenzará a cambiar.

La mencionada sentencia concluye señalando que: La Directiva 93/13/CEE del Consejo, de 5 de abril de 1993, sobre las cláusulas abusivas en los contratos celebrados con consumidores, debe interpretarse en el sentido de que se opone a una normativa de un Estado miembro, como la controvertida en el litigio principal, que, al mismo tiempo que no prevé, en el marco del procedimiento de ejecución hipotecaria, la posibilidad de formular motivos de oposición basados en el carácter abusivo de una cláusula contractual que constituye el fundamento del título ejecutivo, no permite que el juez que conozca del proceso declarativo, competente para apreciar el carácter abusivo de esa cláusula, adopte medidas cautelares, entre ellas, en particular, la suspensión del procedimiento de ejecución hipotecaria, cuando acordar tales medidas sea necesario para garantizar la plena eficacia de su decisión final.

Actualmente, a la luz de esta SENTENCIA, el Gobierno ha anunciado que cambiará la Ley para que los jueces puedan paralizar los procesos de desahucio con el fin de estudiar si hay o no C. abusivas y, poder dar cumplimiento al fallo emitido por el Tribunal de Justicia Europeo.

A modo de reflexión concluir este artículo señalando que han sido necesarios mas de 400.000 desahucios, personas que han perdido la vida a causa de este mal, gente que tiene que vivir en la calle, etc, para que, tan solo 3 días despues del Fallo del TJUE, el Gobierno de España diga que va a cambiar la Ley

¿Era necesario esperar tanto?¿Es que no había nadie con dos dedos de frente en España que pudiera poner fin a esto en un principio? o ¿es que es más importante ayudar y beneficiar una y otra vez a los bancos antes que a las personas?

AFORTUNADAMENTE DESDE EL DÍA 14/03/2013, TODAS AQUELLAS PERSONAS QUE TENGAN UN PROBLEMA SIMILAR SABEN QUE HAY UNA SALIDA, QUE ES POSIBLE PELEAR Y GANAR COMO LO HA HECHO EL SR. AZIZ.

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