Desde la Asociación de Jóvenes Letrados hemos creído necesario realizar este apartado concreto en relación con la prestación por desempleo que un trabajador cobrará en caso de ser despedido.
La cuantía de la prestación a recibir por el trabajar es una de las grandes dudas que tienen las personas que pierden su empleo.
El primer paso a realizar por el trabajador una vez se le comunica su despido es solicitar la prestación, dentro de los 15 días posteriores al despido. ¿Dónde la solicitamos? En los Servicios Públicos de Empleo (conocido anteriormente como INEM).
A continuación pueden ver una tabla en la que se detallan, tanto el periodo de trabajo como los días a los que se tiene derecho a prestación por desempleo.
PERIODO COTIZADO Si cotizas entre |
Nº DE DÍAS DURANTE LOS QUE SE PERCIBE LA PRESTACIÓN Cobrarás durante |
360 a 539 días |
120 días |
540 a 719 días |
180 días |
720 a 899 días |
300 días |
1080 a 1259 días |
360 días |
1260 a 1439 días |
420 días |
1440 a 1619 días |
480 días |
1620 a 1799 días |
540 días |
1800 a 1979 días |
600 días |
1980 a 2159 días |
660 días |
desde 2160 días |
720 días |
¿Cuál es la cantidad que el desempleado va a percibir?
1. El paro se concreta en relación a la base reguladora o base de contingencias profesionales, en concreto será un 60% de la misma durante los 6 primeros meses.
2. Una vez transcurridos estos 6 meses, el porcentaje disminuye un 10%, quedándose en un 50% de la base reguladora.
¿Qué factores hay que tener presentes para realizar el cálculo?
1. Para poder realizar el cálculo correctamente debes hacer la media de la base de cotización de los últimos seis meses. Es decir, dividimos entre 180 la base de cotización a la seguridad social. Esa cantidad que te sale es diaria, por lo que para conocer la base de cotización en un mes debes multiplicar esa cantidad por 30, siempre por 30 con independencia de que algunos meses sean de 31 días; dado que para estos cálculos se toma como referencia que 1 mes son 30 días, siempre.
De la cantidad que obtengas tienen que tener presente que cobrarás un 70% de la mismas los primeros 6 meses y luego un 60% de la misma.
2. Anota el tiempo que has trabajado en los últimos seis años. De los días que obtengas dependerá si tienes derecho a prestación y la duración de la misma. para ello hemos incluido una tabla donde puedes buscar la relación entre el periodo cotizado y los días que vas a disfrutar de prestación.
3. Y por último, tienes que tener en cuenta el número de hijos propios que sean menores de veintiséis o incapacitados que convivan con el solicitante y tengan ingresos inferiores a 641,40€. Para el cálculo en relación con los hijos se tiene en cuenta el IPREM que es el índice público de renta de efectos múltiples. La prestación mínima oscilará entre el 80% incrementado en 1/6, si tienes hijos será del 107% incrementado en los mismos valores. Y la prestación máxima no podrá ser superior al 175% con el incremento de una sexta parte sin hijos a cargo, con un hijo será, contando el citado incremento, de un 200% y con el mismo incremento del 225% con más de un hijo a su cargo.
Una vez has calculado la cuantía, solo te queda por saber ¿qué documentos debes presentar para poder cobrar la prestación por desempleo?
1. Inscripción como demandante de empleo.
2. Cumplimentación de la solitud y presentación de la misma en los 15 días hábiles posteriores al fin de la relación laboral.
3. Libro de Familia o equivalente.
4. DNI propio y de los hijos que cumplan con los requisitos fijados anteriormente.
5. Certificado de la empresa o empresas en las que trabajaste los últimos 6 meses (Aporta además las últimas nóminas y carta de despido).
- Constitución Española de 1978.
- Ley de Propiedad Horizontal. Legislacion.
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