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Prestación por desempleo: ¿a qué tengo derecho?

LABORAL. ESMERALDA ROMO DÍAZ.

Desde la Asociación de Jóvenes Letrados hemos creído necesario realizar este apartado concreto en relación con la prestación por desempleo que un trabajador cobrará en caso de ser despedido.

La cuantía de la prestación a recibir por el trabajar es una de las grandes dudas que tienen las personas que pierden su empleo.

El primer paso a realizar por el trabajador una vez se le comunica su despido es solicitar la prestación, dentro de los 15 días posteriores al despido. ¿Dónde la solicitamos? En los Servicios Públicos de Empleo (conocido anteriormente como INEM).

A continuación pueden ver una tabla en la que se detallan, tanto el periodo de trabajo como los días a los que se tiene derecho a prestación por desempleo.

PERIODO COTIZADO

Si cotizas entre

Nº DE DÍAS DURANTE LOS QUE SE PERCIBE LA PRESTACIÓN

Cobrarás durante

360 a 539 días

120 días

540 a 719 días

180 días

720 a 899 días

300 días

1080 a 1259 días

360 días

1260 a 1439 días

420 días

1440 a 1619 días

480 días

1620 a 1799 días

540 días

1800 a 1979 días

600 días

1980 a 2159 días

660 días

desde 2160 días

720 días

¿Cuál es la cantidad que el desempleado va a percibir?

1. El paro se concreta en relación a la base reguladora o base de contingencias profesionales, en concreto será un 60% de la misma durante los 6 primeros meses.

2. Una vez transcurridos estos 6 meses, el porcentaje disminuye un 10%, quedándose en un 50% de la base reguladora.

¿Qué factores hay que tener presentes para realizar el cálculo?

1. Para poder realizar el cálculo correctamente debes hacer la media de la base de cotización de los últimos seis meses. Es decir, dividimos entre 180 la base de cotización a la seguridad social. Esa cantidad que te sale es diaria, por lo que para conocer la base de cotización en un mes debes multiplicar esa cantidad por 30, siempre por 30 con independencia de que algunos meses sean de 31 días; dado que para estos cálculos se toma como referencia que 1 mes son 30 días, siempre.

De la cantidad que obtengas tienen que tener presente que cobrarás un 70% de la mismas los primeros 6 meses y luego un 60% de la misma.

2. Anota el tiempo que has trabajado en los últimos seis años. De los días que obtengas dependerá si tienes derecho a prestación y la duración de la misma. para ello hemos incluido una tabla donde puedes buscar la relación entre el periodo cotizado y los días que vas a disfrutar de prestación.

3. Y por último, tienes que tener en cuenta el número de hijos propios que sean menores de veintiséis o incapacitados que convivan con el solicitante y tengan ingresos inferiores a 641,40€. Para el cálculo en relación con los hijos se tiene en cuenta el IPREM que es el índice público de renta de efectos múltiples. La prestación mínima oscilará entre el 80% incrementado en 1/6, si tienes hijos será del 107% incrementado en los mismos valores. Y la prestación máxima no podrá ser superior al 175% con el incremento de una sexta parte sin hijos a cargo, con un hijo será, contando el citado incremento, de un 200% y con el mismo incremento del 225% con más de un hijo a su cargo.

Una vez has calculado la cuantía, solo te queda por saber ¿qué documentos debes presentar para poder cobrar la prestación por desempleo?

1. Inscripción como demandante de empleo.

2. Cumplimentación de la solitud y presentación de la misma en los 15 días hábiles posteriores al fin de la relación laboral.

3. Libro de Familia o equivalente.

4. DNI propio y de los hijos que cumplan con los requisitos fijados anteriormente.

5. Certificado de la empresa o empresas en las que trabajaste los últimos 6 meses (Aporta además las últimas nóminas y carta de despido).

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